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martes, 3 de septiembre de 2013

PAGO REFERENCIADO

PAGO REFERENCIADO

Servicio de Declaraciones y Pagos

Las personas físicas y morales deben efectuar declaraciones provisionales y definitivas mensualmente, a través del Servicio de Declaraciones y Pagos (Pago referenciado), a más tardar el 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

El Servicio de Declaraciones y Pagos incluye la opción de cálculo automático de los impuestos, además de ayudas en línea, por lo que solo  se requiere tener a la mano,  la Bitácora de información debidamente llenada, y en el caso de personas morales sus papeles de trabajo correspondientes al periodo que se declare.

Personas físicas con ingresos hasta 250, 000 pesos en el año anterior 

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